El arbolado urbano es el conjunto de especies arbóreas y arbustivas que componen el ecosistema urbano del municipio, se encuentren éstas en espacios públicos o privados, parques, plazas, plazoletas, bulevares o veredas.
Según la Ordenanza de Arbolado Urbano N° 9.499/2024, en Hurlingham la extracción, poda o corte de raíces de ejemplares, debe realizarse únicamente conforme a la regulación. La extracción, poda, tala y daños a ejemplares que se realicen en perjuicio de la norma, pueden constituir infracciones que conlleven a multas y/u obligación de reposición.
- La autoridad de aplicación determinará cada año un lapso de veda de poda. Durante la veda no se podrá realizar ninguna intervención, salvo excepciones.
- Las tareas de poda o extracción podrán ser realizadas por: 1) personal municipal especializado; 2) empresas concesionarias de servicios públicos con previa autorización y 3) podadores inscriptos en el registro único de podadores con certificado vigente.